Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La Inadmisibilidad de la demanda intentada por el ciudadano JOSE DURAN venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.722.504 y de este, contra la Empresa Mercantil RENA WARE DISTRIBUTORS C.A. y en consecuencia perimido el proceso.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costa dada la índole de la decisión.