Se declaró SIN LUGAR la prescripción de la acción propuesta por la codemandada COTECNICA CHACAO, C.A. SIN LUGAR la cuestión prejudicial opuesta por los codemandados JORGE CARRILLO ARISMENDI y LA ORIENTAL DE SEGUROS, C.A. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DAÑOS MATERIALES Y COBRO DE BOLÍVARES POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO incoada por A.E. AEROEXPRESOS EJECUTIVOS, C.A. y el ciudadano JUAN LUIS LA ROCHE GONZÁLEZ, en contra de la sociedad mercantil COTECNICA CHACAO, C.A., LA ORIENTAL DE SEGUROS, C.A. y el ciudadano JORGE ASDRÚBAL CARRILLO ARISMENDI. En consecuencia, se CONDENA a las codemandadas a pagar:
1.- A la sociedad mercantil A.E. AEROEXPRESOS EJECUTIVOS, C.A., la cantidad de SIETE MIL BOLÍVARES (Bs. 7.000,oo) por concepto de daños materiales ocasionados al vehículo MARCA: SCANNIA, MODELO: JUM BUSS 340T, AÑO: 1994, USO: COLECTIVO, CLASE: AUTOBÚS, MODELO: EJECUTIVO, COLOR: GRIS, PLATEADO Y ROJO, PLACAS: C-03305, SERIAL MOTOR: 3161347, SERIAL CARROCERÍA: 21537 de su propiedad. 2.- A.....