DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la defensa de prescripción opuesta por la parte demandada, en lo que se refiere a los recibos presuntamente emitidos por el Sr. Duquez y Ángel Moreno, en los períodos de enero a diciembre de 1981, 1982, 1983, 1984, 1985, 1986, 1987, 1988, 1.989, 1990, 1.991, 1992, 1.993, 1.994 y de enero al 10 de octubre de 1.995.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada LOURDES NIETO FERRO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en fecha diecisiete (17) de febrero de dos mil catorce (2014), contra la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana.....