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DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en concordancia con el carácter de orden público consagrado en el artículo 3 de la Ley Orgánica de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria y los artículos 127, 304 y 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: PRIMERO: SE RATIFICA en todas y cada una de sus partes, la medida dictada en fecha veintisiete (27) de marzo de 2015, por este Juzgado Superior Agrario sobre el lote de terreno ubicado en la carretera nacional La Villa- San Juan de los Morros, Municipio Zamora del estado Aragua, cuyas coordenadas son las siguientes:
Es decir, -dicho t.....