D E C I S I O N
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento formulada por los ciudadanos: DANIELA CAROLINA LOPEZ HENRIQUEZ y JORGE ALBERTO PROSPERTO ROMERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-16.012.231 y V-17.717.482 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dieciséis (16) de octubre del año dos mil catorce (2014), por ante el Registro Civil de la Parroquia Zuata, del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, según se evidencia de la copia certificada bajo el acta Nº 074, Tomo 01, del año 2014.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Dada, se.....