DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: ADMITE el Recurso de Apelación intentado por la abogada: NORAH CAROLINA HERNÁNDEZ CASANOVA, DEFENSORA PÚBLICA PENAL NONAGÉSIMA PRIMERA (91ª) PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en su condición de defensora del ciudadano: ROBERT JESÚS RUIZ ASCANIO contra la decisión dictada por el JUZGADO UNDÉCIMO (11º) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS de fecha 3 de Agosto de 2.009, mediante la cual DECLARÓ SIN LUGAR la solicitud de la defensa de otorgar a su representado el cese de la privación judicial preventiva de libertad, con sustento en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regístrese y déj.....