DISPOSITIVA:
Por todas las razones antes señaladas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE con LUGAR la Demanda interpuesta por la Parte Actora, Ciudadanos: NERYS BEATRIZ UTRERA y JOSE GREGORIO VIELMA AREVALO, identificados en autos, por Daños Materiales contra la Demandada, Sociedad Mercantil, "AGUA AZUL PISCINA" C.A, en la persona de su Representante Legal OSCAR ALBERTO BRUZZO DUNCAN, igualmente identificados en autos.-
La razón de Declarar Parcialmente con Lugar la citada Demanda, se debe a que no consta en autos que la parte Actora haya probado las cantidades que demanda por los conceptos de Daños Materiales y Daños Emergentes. Acordándose solamente las cantidades que constan en la Experticia Avaluó Oficial sobre los Daños Materiales sufridos por el Vehiculo del Actor. Experticia esa, que por cuanto no fue impugnada ni desvirtuada en Juicio, quedó con todo su.....