Este tribunal Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA CON LUGAR. La demanda incoada por el ciudadano Héctor Enrique Aponte Pérez, identificado en autos, contra la ciudadana Concetta Noto de Del Negro, también identificada en autos, y la CONDENA A reintegrar a la parte actora la cantidad de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.800.000,00), por concepto de depósito, mas los intereses devengados a partir de la fecha de la admisión de la presente demanda hasta la fecha de publicación de esta sentencia. Intereses que serán calculados de acuerdo a lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario el cual se ordena por aplicación analógica de conformidad con lo establecido en el artículo 4º del Código Civil, en concordancia con el artículo 7º del Código de Procedimiento Civil; ello, en razón de que la arrendado.....