Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos: BELKYS ENEIDA ROJAS BRACHO y FERNANDO OLIVA OLIVA, de nacionalidad venezolana la primera y cubana el segundo, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-7.971.079 y E-84.558.550, respectivamente, y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en de fecha 27 de diciembre de 2010, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Holguín, Republica de Cuba, posteriormente inscrita ante el Registro Civil de la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el.....