DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la abogada CARROL CARMEN RAYMOND DE BOLÍVAR, INPREABOGADO bajo el Nº 230.885 de fecha 13.08.2025 y suscrita en fecha 15.10.2025, por los abogado CARROL CARMEN RAYMOND DE BOLÍVAR y VÍCTOR MANUEL GIRÓN MÁRQUEZ , INPREABOGADO bajo los Nos. 230.885 y 160.278 respectivamente; en sus caracteres de apoderados judiciales de parte accionante, contra la decisión proferida por esta alzada en fecha 08.08.2025.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, remítase el presente expediente.....