Declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra del dispositivo de la decisión del Juzgado Noveno de Control Circunscripcional, en fecha 04/10/2007, que declaró sin lugar la nulidad solicitada por la defensa. Se confirma la decisión del Juzgado Noveno de Control Circunscripcional, dictada en fecha 04/10/2007, donde, entre otros pronunciamientos, decretó medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano ENDERSON JOSÉ BARRIOS. Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada CINZIA DI FRANCESCANTONIO, Defensora Pública Cuarta, adscrita al Sistema Autónomo de la Defensa Pública del estado Aragua, contra la decisión referida ut supra.