II. DISPOSITIVO
En razón de las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial anteriormente expuestas, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA, la solicitud de Medida Cautelar Innominada formulada por el por los ciudadanos JOHANNA MAILIN BELLO DUQUE y JOSE GABRIEL PIMENTEL DE JESÚS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V- 12.783.540 y, V-13.853.195 respectivamente, asistido por el ABG. CARLOS JORGE YGUARO MARTINEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 86.719, señalada en el escrito que inicia la presente actuaciones. Y así se decide.
Déjese copia certificada del presente fallo, publíquese y regístrese.
Dada, Firmada y sellada en esta Sala de Despacho del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, e.....