DECISION
Por las consideraciones precedentemente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda por ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO MIRATRIZ, mediante sus apoderadas judiciales A. JAQUELINE VASQUEZ ARACELIS C. BARRIOS ACOSTA, en contra de la empresa PRETENSADOS VENEZOLANOS, C.A., suficientemente identificada en autos. Así se Decide. SEGUNDO: En consecuencia se condena a pagar a la demandada la cantidad de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.20.000.000,00) en concepto de Daño Moral. En el supuesto negado que la accionada no pague voluntariamente la cantidad condenada en la fase de ejecución voluntaria; dicha suma deberá ser indexada, a partir del día siguiente al vencimiento del plazo fijado para su cumplimi.....