Este Tribunal, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica Procesal Laboral, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIO LABORAL, por lo que este Juzgado lo tiene como sentencia pasada en autoridad de COSA JUZGADA, acuerda lo solicitado y en consecuencia ORDENA el cierre y archivo del presente expediente. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente acta quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido y aceptando el mismo. Dándose por cerrado el acto a las tres y treinta de la tarde (3:30 p.m) del día de hoy, veinticuatro (24) de enero de 2008. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZA,
DRA. MARGARETH BUENAÑO