Por las razones antes expuestas éste Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos interpuesta por los abogados DORELIS LEÓN, CARMEN AMELIA GIMÉNEZ RAVEN, ALEJANDRO OBELMEJIA, GASTÓN CISNEROS, GABRIELA TRAVAGLIO, JAVIER SAAD Y MILDRED ROJAS, Inpreabogado Nros.74.800, 7.404, 93.617, 127.924, 139.760, 124.563 y 109.217, actuando como apoderados judiciales del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, contra el Acto Administrativo contenido en la Certificación Nº 0041-10 dictada en fecha 27 de enero de 2010 por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda (DIRESAT), mediante la cual se calificó como una enfermedad agravada por las condiciones de trabajo, el padecimiento de la ciudadana Arelis Josefina Rodríguez, titular.....