Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado Aragua, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de (SE OMITEN NOMBRES), niñas y la ciudadana RINA ALEJANDRA GORDON URBANO, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 13.869.650, beneficiarios de el ciudadano JUAN JOSE LARA ARMA, difunto, titular de la cédula de identidad Nº 12.991.572, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase. Publíquese y regístrese.
Dado, firmado y sellado en el despacho del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción del Estado.....