En merito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por el abogado Yorgenis Paredes en contra de la sentencia proferida en fecha 16 de enero de 2020, por este Tribunal Superior.