En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior Segundo (2°) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por la parte actora Recurrente; SEGUNDO: REVOCA la sentencia recurrida de fecha Catorce (14) de Diciembre de 2.023 dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial. TERCERO: ORDENA al Juzgado Cuarto (4to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, REPONER la causa al estado de fijar nuevamente la prolongación de la audiencia preliminar por auto separado, sin necesidad de notificar a las partes en virtud que las mismas se encuentran a derecho.