Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por el abogado en ejercicio y de este domicilio: ROBERTO TARICANI LOZADA, en su carácter de Defensor de los ciudadanos FRANCISCO SALVADOR MADRIZ, JEAN CARLOS MONTOLLA RUIZ, ALBERTO ANTONIO LARA FUENTES y VICTOR BABKINE contra la Decisión de fecha 16 de Enero de 2.010, con Resolución Judicial de fecha 18 de Enero de 2010, emanada del JUZGADO CUADRAGÉSIMO (40°) DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual se Decretó Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad en contra del ciudadano FRANCISCO SALVADOR MADRIZ, así como se le negó el otorgamiento de una.....