-IV-
-DECISIÓN-
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: ADMITE, la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los ciudadanos Pascual Vera Cañas y Rosa Maria Carvajal Velazco, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.184.350 y V- 22.295.136 respectivamente.