Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIO GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos AIDA JOSEFINA ESPINOZA y JESUS ALBERTO HERRERA BLANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-11.686.095 y V-8.829.714, respectivamente, asistidos por el (la) abogado (a) MANUEL ZABALA., IPSA N° 85.596. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron en fecha 15 julio del año 1.991, contrajimos matrimonio por ante el registro civil del municipio Zamora del Estado Aragua, tal y como consta en la copia certificada del acta de matrimonio anexa, distinguida con el Nro. 116, Folio 234 y 235, Tomo I, Año 1.991, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, s.....