DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas y con fundamento a lo establecido en los Artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales tiene incoada el Ciudadano FRANCISCO RAMON ALVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.945.817 y CONDENA a la sociedad mercantil PROVIEM 2001 C.A; a cancelar a la parte actora la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLIVARES CON OCHENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. F. 7.999,87); por todos y cada uno de los conceptos laborales supra discriminados.-
Se acuerda asimismo en este acto la cancelación al actor de los Intereses sobre la Prestación de antigüedad, Intereses de Mora y corrección monetaria o indexación sobre la su.....