Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Órgano Jurisdiccional con carácter Unipersonal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley; PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano DANNY RAFAEL MIRABAL FUNES, Venezolano, de 27 años de edad, Soltero, nacido en fecha 06/12/1979, Natural de Calabozo Estado GUARICO, hijo de Terez Funes (v) y de Andrés Mirabal (V), de ocupación u oficio Buhonero, C.I. V-14.926.260, domiciliado en la Avenida Principal casa numero 06, del sector Brisas del Aeropuerto Maturín- Estado Monagas; de la imputación dada en su contra por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, DECLARANDOLO NO CULPABLE de la comisión de los delitos de Robo Agravado En grado de Cooperador Inmediato, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal. SEGUNDO: Se ACUERDA eximir del pago de costas procesales al Estado Venezolano, por e.....