Este Tribunal imparte su HOMOLOGACIÓN dándole autoridad de cosa juzgada en lo relativo al reconocimiento del contenido y firma del documento privado objeto del presente juicio, que riela de los folios 04 y 05 con su respectivo vuelto, suscrito por el ciudadano HENDER OMAR GONZALEZ JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.383.717, y de este domicilio, y por la otra parte, el ciudadano ANTONIO GOMEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.310.136, y de este domicilio; cabe destacar que la presente homologación solo abarca el reconocimiento hecho por las partes de la firma y el contenido del documento privado objeto del presente juicio. Se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y así se decide.