DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada, y en tal sentido se HOMOLOGA el acuerdo conciliatorio celebrado en fecha TRECE DE MARZO DE 2025 (13-03-2025) solo con respecto al acuerdo de manutención realizado entre las partes, los ciudadanos DARWUING JOSE ITRIAGO PARICA y JESSICA ALEJANDRA JIMENEZ BONILLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedulas de identidad Nros V-27.463.470 y V-30.001.736 respectivamente, actuando a favor de los menores: xxxxxxxxxxxxxxx de 04 años de edad y xxxxxxxxxx de 03 años de edad, con domicilio en el Municipio Sucre del Estado Aragua, y para que adquiera el carácter de cosa juzgada. Se ordena imprimir dos ejemplares de la presente decisión a un solo tenor y efecto, de lo cual uno será remitido a la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Sucre del Estado Aragua y otro a ser agregado a la presente solicitud.