declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por las apoderadas judiciales de la parte demandada en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay en fecha 19 de marzo de 2007 y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, que declaró la abstención de acordar la admisión de los hechos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.