En el día 24-04-2009, se publicó decisión declarando SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa del ciudadano CRuz Rafael Misel, no obstante de ello, se reformó de oficio el tiempo de prórroga decretado por el Tribunal a quo, limitandose a ocho meses después de vencido el lapso de dos años de detención preventiva, haciendose la salvedad que no fue diarizada en su oportunidad por error involuntario.