Por las razones antes señaladas, este Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil; declara CON LUGAR la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos: GRECIA RUIZ y JOSÉ ÁNGEL LEÓN RUSSIAN, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, cónyuges, titulares de la cédula de identidad personales N° V- 4.513.041 Y 3.049.915, respectivamente y anteriormente domiciliados la primero de los nombrados en Sector La Plaza, Avda Guzmán Blanco, casa S/n y el segundo en sector La Manga I, calle Caracas, casa S/n Temblador Municipio Libertador del Estado Monagas por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía.- DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, no existen bienes que liquidar.------------------------------.....