En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio por Mutuo Consentimiento interpuesta por los ciudadanos:EDWIN MARCIAL PIRELA ESPINOZA y ANA KARINA NAVARRO VARGAS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 13.626.770 y V-12.898.824 respetivamente . En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua, según consta en Acta de Matrimonio Nº 142, Tomo 2B, del año 2000, inserta en éstas actuaciones.
Publíquese, regístrese, ejecútese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de los Municipio.....