En mérito de las razones expuestas precedentemente este Juzgado Superior Séptimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionaria interpuesta por la ciudadana Leyda Maria Rendón Altuve, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 5.975.840, debidamente asistida por los profesionales del derecho José Raúl Villamizar y Ali Josefina Palacios García, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo las matrículas Nº 17.226 y 53.813 respectivamente, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (Inapymi). En consecuencia, este Juzgado:
PRIMERO: Ordena al Ente querellado que procede al ajuste y revisión de la pensión de jubilación con base a todos los incrementos que hubiere experimentado el cargo (Analista de Recursos Humanos III) que dese.....