-III-
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara de conformidad con lo establecido en el articulo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales ABANDONADO EL TRAMITE de la presente acción y de conformidad con lo establecido en el articulo 19 ejusdem INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por INVERSIONES ELDEZA C. A., contra la providencia judicial dictad por el JUZGADO SEXTO (6º) DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS en fecha once (11) de mayo de dos mil nueve (2009).
En consecuencia se impone a la parte actora una multa por la cantidad de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5.,oo), pagaderos a favor de la Tesorería Nacional en las oficinas del Banco Ce.....