En el presente caso, al no haber dado cumplimiento la parte actora para la subsanación de la demanda, la acción intentada por el ciudadano MIGUEL CENTENO, apoderado judicial de la parte actora ciudadano JOSE MANUEL REYES, Por Cobro De Prestaciones Sociales Y Otros Conceptos no se ha configurado validamente, dado que la demanda aún no se ha admitido, por lo que en este estado no existe el litigio propiamente dicho, requisito fundamental a los fines de que las partes luego de haber cumplido los requisitos de ley, puedan suscribir transacciones, por lo que resulta forzosa para esta Juzgadora declarar:
Primero: Niega la homologación a la Transacción presentada por las partes en fecha 23 de mayo de 2017 por los abogados MIGUEL CENTENO Y DOUGLAS GUILLEN ampliamente identificados en autos, como apoderados judiciales de la parte actora y demandada respectivamente.
Segundo: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho.....