DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE, la solicitud de divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia 1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, formulada por el ciudadano ALBERTO JESUS DIAZ SANTIAGO, identificado con la cédula de identidad N° V-10.911.321, contra la ciudadana MAGUIT GAINETT FRIAS YSSELES, identificada con la cédula de identidad N° V-12.990.325. En consecuencia, DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL, contraído en fecha 11 de diciembre de 1993, por ante Registro Civil del Municipio Carirubana, estado Falcón, según se evidencia de Acta de Matrimonio asentada bajo el Acta, N° 467, Folio 101, año 1993.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente .....