Vistas las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO (6°) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE REVOCA el auto de fecha 12 de marzo de 2024, dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, donde oyó en ambos efectos solamente la apelación ejercida por la apoderada judicial del tercero beneficiario en nulidad de acto administrativo; SEGUNDO: SE REPONE la causa al estado que el Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se pronuncie en relación a las Apelaciones interpuestas en fechas 16 de febrero y 6 de marzo del presente año, por la apoderada judicial de.....