Vista la exposición de las partes, este tribunal acuerda no practicar la medida en el día de hoy por las razones expuestas y hasta que exista saldo suficiente para practicar la medida sobre la mencionada cuenta cuyo saldo y tipo para el día de hoy, se encuentra protegida de conformidad con la Ley General de Banco, por FOGADE y se ordena desbloquear la cantidad dineraria sobre la cuenta de ahorro ya descrita.