Por las razones anteriormente consideradas, esta Sala de Juicio del Juzgado de Protección de Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con base a lo establecido en artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 75 y 76 de la Constitución y 30 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, declara CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA intentada por la ciudadana VIOLETA BESRINI DE BORGES en representación de los derechos de los sus hijos (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 65 de Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente), contra el ciudadano ALEXIS BORGES, plenamente identificados, estableciéndose la obligación alimentaría de la siguiente manera: MENSUALMENTE EL CUARENTA POR CIENTO (40%) de un SALARIO MINIMO DEL DECRETADO POR EL EJECUTIVO NACIONAL, que conforme al Decreto Presidencial No. 5.318 .....