DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia, en el recurso de nulidad interpuesto por los abogados CARLOS PÁEZ-PUMAR y MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ LINARES, obrando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana ISLEYER ASTUDILLO, contra la Providencia Administrativa N° 1055-05, de fecha 8 de diciembre de 2005, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas.