Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por la ciudadana LONIRVIA JOSEFINA PINEDA LOPEZ, Cédula de Identidad N°. V-7.246.475 contra UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR (U.P.E.L.), Institución Universitaria creada según Decreto N° 2.176 publicado en la Gaceta Oficial N° 32.777, de fecha 28 de Julio de 1.983; y en consecuencia se ordena a la demandada cancelarle al reclamante la cantidad de: QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHO BOLIVARES CON SESENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 15.608,69), por cada uno de los conceptos señaladas en la motiva de la presente sentencia. Y ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Se ordena EXPERTICIA COMPLEMENTARIA DEL FALLO para el cálculo de los .....