se declara: INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de los recursos de apelación ambos ejercidos en fecha 13 de Julio de 2.012, el primero por el abogado CARLOS JULIO ACUÑA, actuando en representación del Estado Monagas en sustitución de la Procuraduría General del Estado Monagas, y el segundo por abogado en ejercicio MANUEL ENRIQUE REYES PEÑA, actuando en nombre y representación de la Sociedad Mercantil LO MAXIMO RENTA CAR, C.A., en contra de la decisión de fecha 10 de Julio de 2.012 proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En consecuencia DECLINA SU COMPETENCIA al JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN SUR ORIENTAL.