Con base a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad interpuesto por el BANCO PROVINCIAL, BANCO UNIVERSAL, S.A contra Nulidad de Providencia Administrativa Nº 00337-11 de fecha 20 de diciembre de 2011, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital Municipio Libertador, Sede Norte. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas.