PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admite la acusación presentada por la Fiscalía 14° DECIMO CUARTA del Ministerio Publico del Estado Aragua en fecha 30-07-2024 en contra del ciudadano: SANTIAGO JESUS RODRIGUEZ GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad N° V.-18.044.865 en cuanto al delito de HOMICIDIO CULPOSO, previstos y sancionados en los artículos 409 Del Código Penal TERCERO: Se admiten los medios probatorios ofrecidos por la representación Fiscal, por cuanto los mismos son útiles, legales y pertinentes y se acuerda la aplicación del principio de comunidad de pruebas a favor de la defensa. CUARTO: Admitida la acusación, se impone al acusado de autos, SANTIAGO JESUS RODRIGUEZ GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad N° V.-18.044.865 del procedimiento especial por admisión de hechos establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Pen.....