Una vez en el interior del inmueble, el Tribunal pudo constatar que el inmueble se encuentra libre de personas y de bienes, por lo que en cumplimiento de la misión conferida, procedió a declarar SECUESTRADO el inmueble antes descrito y lo colocó en posesión jurídica, guarda y custodia del ciudadano NESTOR ANTONIO LABRADOR PINEDA, ya identificado, quien fue designado por el Tribunal de la causa como Depositario del inmueble y procedió inmediatamente a recibirlo con tal carácter y juró cumplir las obligaciones impuestas por el Tribunal relación a dicho cargo y así mismo manifestó que está recibiendo el inmueble con algunos deterioros como la ausencia de las puertas de las habitaciones y de los closets, las llaves del fregadero, lámparas de la sala, paredes con filtraciones, ausencia de todos los vidrios de las ventanas, falta de todos los tomacorrientes, cerámicas rotas, llena de escombros y suciedad entre otras. El Tribunal asignó al inmueble secuestrado un valor prudencial de ciento ve.....