DISPOSITIVA:
En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado Primero de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO REVISA Y MANTINE LAS MEDIDAS de LIBERTAD ASISTIDA Y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, Impuestas al sancionado IDENTIDA OMITIDA, quien ha cumplido DE LIBERTAD ASISTIDA UN (01) AÑO Y QUINCE (15) DÍAS, faltándole por cumplir ONCE (11) MESES Y QUINCE (15) DÍAS. SEGUNDO: En cuanto al SERVICIO COMUNITARIO, se evidencia que el sancionado cumplió por el lapso de UN (01) MES Y QUINCE (15) DIAS, faltándole por cumplir CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DIAS, en el Cuerpo de Bombero de esta ciudad, es por lo que se acuerda citar al sancionado para el día JUEVES TREINTA (30) DE OCTUBRE DEL 2008 A LAS 900 HORAS DE LA MAÑANA, a los fines de que exponga al Tribunal el motivo de su incumplimiento de la medida y tomar la decisión a que.....