DECISIÓN:
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR La Cuestión Previa opuesta por la parte demandada del Ordinal 10° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, la CADUCIDAD DE LA ACCIÓN DE NULIDAD DE TESTAMENTO. SEGUNDO: Extinguido el procedimiento.
TERCERO: De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en este juicio.