En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCION de DESALOJO interpuesto por el ciudadano CARLOS ARTURO COLINA TOVAR, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 5.273.089, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JOSE ANTONIO MARTINEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86161, contra el ciudadano ANGEL ARIAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 3.549.490