Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua en Funciones de Cuarto de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se acuerda CAMBIO DE SITIO DE RECLUSION CON APOSTAMIENTO POLICIAL EN URB. PREBO, EDIFICIO ALTAIR, PISO 07, APARTAMENTO #71, AV. 106 CRUCE CON CALLE 137-C, PARROQUIA SAN JOSE, MUNICIPIO VALENCIA, ESTADO CARABOBO, al ciudadano JUAN DAVID POLETTI PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad nro. V-18.629.221, de conformidad con los artículos 83 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 8 del Código Orgánico Procesal Penal vigente Venezolano. SEGUNDO: Se acuerda el Traslado por sus Propios medios para las consultas médicas, terapias y los llamados del Tribunal. Líbrese lo conducente. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmpl.....