En tal sentido este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en la demanda que por cobro de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, intentara la ciudadana MARJORIE RAMOS DE ALVAREZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-4.005.594, debidamente asistida MANUEL MARTINES inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.989 contra la entidad de trabajo POLICLINICA MARACAY C.A. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano ANDRÉS BLANCO. Dándose por cerrado el presente acto hoy, 24 del mes de Octubre del año 2018, siendo las 10:10 a.m. Es todo, concluyó, se leyó.....