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"...Ahora bien, dada las circunstancias de tiempo, modo y lugar acontecidas en el presente asunto, así como la manifestación realizada por el apoderado judicial de la parte recurrente de desistir del recurso de apelación; y revisados como han sido los extremos legales; es por lo que, este Juzgado Segundo (2º) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: UNICO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente en la presente causa, en fecha 09 de octubre de 2019, solo en lo que respecta a la improcedencia del amparo cautelar y medida de suspensión de efectos, declarada en la decisión de fecha 04 del mismo mes y año, dictada por este Juzgado, presentado por el abogado Jaime Heli Pirela León, en su carácter de apoderado judicial de la parte recurrente, en fecha 23 de octubre de.....