, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito, y Bancario de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Cagua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDAS PREVENTIVAS efectuada por la ciudadana VIVIANA ROSARIO GORRIN AZPARREN, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, comerciante y titular de la cédula de identidad N°V-8.820.775, domiciliada en la calle Paéz, edificio Tibisay, N° 27, piso 1, apartamento 01-C, sector centro de la ciudad de Villa de Cura, municipio Zamora, estado Aragua, con contacto telefónico 0424-121.7525, correo electrónico: vivianagorrin650@gmail.com; en su carácter de parte demandante, debidamente asistida por el abogado en ejercicio JUAN MANUEL BRUNO GARCIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°65.560, correo electrónico: studiolegalbrunosyasociados@gmail.com, en el presente juicio por ACCION POR REINTEGRO DINERAR.....