-VII-
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido, por el abogado YANIOR OCHOA MANEIRO, actuando en representación de judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 31 de julio de 2025, dictada por el Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimatoria) sigue la sociedad mercantil POLICLÍNICA BARQUISIMETO C.A., en contra de la sociedad mercantil SEGUROS ALTAMIRA, C.A.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (Vía Intimatoria) sigue la soc.....